Atención Integral a las mujeres víctimas de la violencia de
género
en Andalucía España
por
Aurora Gámez Enríquez, Escritora, ensayista y poeta
Presidenta Grupo ALAS, Autora por la Literatura y las Artes
Delegada de Asociación Colegial de Escritores de Andalucía
Índice
1. Formación ante la violencia
de género.
Definición
de la violencia de género.
Tratamiento
de la violencia de género.
Medios
y recursos contra la violencia de género en Andalucía.
2. Atención y Acogida integral
a las mujeres víctimas de la violencia de género y a menores que les acompañan.
Características
de los centros.
Metodología.
Especificidad
del servicio en Andalucía.
“La violencia contra la mujer es el crimen encubierto más
frecuente en el mundo.”
Asamblea ONU
IIª Conferencia Mundial sobre la Mujer
Copenhage, 1980.
Hitos históricos: desde la
invisibilidad hasta la regulación
Invisibilidad histórica.
Surgen los primeros movimientos feministas internacionales.
1978: La Constitución Española
reconoce la igualdad de
Derechos
1980: La ONU denuncia la
violencia contra la mujer como el crimen encubierto más común.
1993, Viena: se equiparan los
Derechos de la Mujer a los Derechos Humanos.
1995, Beijing: La ONU declara
esta violencia como “problema social”.
1998, Suecia: Decreto contra
la violencia contra las mujeres. España: creación del IAM.
2004, España: Ley Orgánica LO
1/2004.
Definición de la violencia de
género
“La violencia contra las
mujeres es una manifestación de las relaciones de poder históricamente
desiguales entre hombres y mujeres, que han conducido a la dominación y la
discriminación contra la mujer por el hombre, y para frenar el avance pleno de
la mujer”. Declaración de Beijing, ONU, 1995.
“Acto de violencia física y
psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las
coacciones o la privación arbitraria de libertad, ejercida por quienes sean o hayan
sido sus cónyuges, o quienes estén o hayan estado ligados a ellas por
relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia”.
Ley Integral, L.O.1/2004.
La violencia de género según la ley andaluza
“Comprende cualquier acto de
violencia basada en género que tenga como consecuencia, o tenga posibilidades
de tener como consecuencia, perjuicio o sufrimiento en la salud física, sexual
o psicológica de la mujer, incluyendo amenazas de dichos actos, coerción o
privaciones arbitrarias de su libertad, tanto si se producen en la vida pública
como en la privada”.
Ley 13/2007, de Medidas de
Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género en Andalucía.
Características
Es una violencia cíclica que
busca el control, el dominio y el sometimiento de la mujer y un status de privilegio
para el hombre.
La víctima de la violencia de
género es casi siempre una mujer: se dirige contra la mujer por el mero hecho
de serlo.
Es un atentado contra la
integridad, dignidad y libertad de la mujer como persona.
No existen argumentos
racionales que sustenten la desigualdad social de la mujer por causas
biológicas.
No es un fin en sí misma sino
un instrumento de dominación
(Cf. “Violencia maligna”, por
L. Rojas Marcos, psiquiatra).
La sociedad hereda normas y
mitos que crean guiones o pautas de conducta para cada sexo.
Normas culturales y
expectativas sobre las conductas de hombres y mujeres perpetúan la desigualdad
y niegan la asistencia a las víctimas.
Dinámica del Síndrome de
Maltrato a la Mujer (SIMAM):
Las mujeres agredidas no están
siendo constantemente agredidas ni su agresión es infligida totalmente al azar,
sino que existe un desarrollo cíclico y escalado de la violencia.
La intensidad y la frecuencia
de las agresiones se incrementa con el tiempo (Escalada de la violencia:
agresiones psicológicas que minan la autoestima, agresiones verbales,
agresiones físicas y eventualmente, muerte violenta).
L.Walter,1979* ha definido un
ciclo de la violencia que comprende tres fases, que fluctúan en tiempo e
intensidad.
* Ver WALTER, LEONOR; The Battered Women
(Las mujeres maltratadas), Harper and Row Publishers, Inc. Nueva York, 1979
Fase 1.- Las tensiones
aumentan. La mujer “cede” y cree que lo
puede controlar.
Fase 2.- La violencia estalla.
Para la mujer es una situación de
colapso emocional.
Fase 3.- Fase de calma, o de
“interludio amoroso”. Se Inician las estrategias de manipulación afectiva por
el agresor. El ciclo se reanuda.
La sociedad: los mitos
misóginos*
MITOS RELACIONADOS CON LA
VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Masoquismo de la víctima:
“A ella le gusta”, “Ella
quiere”.
La mujer se lo busca:
“Lo tiene bien merecido”.
“Esto sólo le pasa a cierto
tipo de mujeres”.
La mujer exagera: Se
minusvalora el daño, se justifica el maltrato y se relativiza su frecuencia.
No hay salida: “En cierto
modo, es algo natural”.
JUSTIFICACIONES MÁS COMUNES:
. A algunas mujeres les gusta
sufrir.
· Si la relación aguanta, será
por algo.
· Ella adopta una conducta
provocativa, no cumple sus obligaciones y
utiliza a los hombres para
triunfar.
· No hubo abuso, ella dio
consentimiento.
· Ella le chantajeaba, o le
hizo sospechar algo.
· Él estaba bebido o drogado:
NUNCA haría
algo así en condiciones normales.
· Estaba enfermo, estresado,
necesitaba ayuda
y comprensión y ella no estuvo a la altura.
Ciertos conflictos son
inevitables si no se aclaran las cosas al principio.
* Cf. LORENTE ACOSTA, Miguel,
y J.A., Agresión a la mujer;maltrato,violación y acoso, Ed.Comares,1998.
La sociedad: los medios de
comunicación (España):
Tradicionalmente, la violencia
contra las mujeres se niega y se justifica. Las noticias no se contextualizan.
Hacia los 80, el estereotipo
dominante (la ruptura de la pareja) considera inadmisible el abandono de la
mujer del hogar. El “acoso” es algo romántico, y los malos tratos y el
asesinato se justifican como “crímenes pasionales”: Enfoque machista.
Tras la muerte de Ana Orantes
(dic.97) las agresiones sexuales, los malos tratos y los asesinatos pasan a ser
noticia. La violencia de género entra en la agenda de los medios.
Cómo detectar una situación de
violencia de género
Desde el punto de vista de la salud:
Agotamiento físico y psíquico.
Problemas ginecológicos,
infecciones recurrentes.
Historial psicológico.
Consumo psicofármacos.
“Accidentes” domésticos.
Estrés y dependencia emocional.
Información poco veraz que no
se corresponde con las lesiones.
Miedo.
Desde el punto de vista laboral:
Baja productividad.
Retraso.
Absentismo crónico.
Incapacidad para mantener un
empleo.
Por denuncia:
Ante la Guardia Civil (EMUME).
Ante los Cuerpos y Fuerzas del
Estado, atendidos por personal con formación en violencia de género.
Ante los Centros del IAM,
Instituto Andaluz de la Mujer.
Ante el 900 200 999 ó el 016.
Ante los juzgados de guardia.
1. Efectos del maltrato sobre la víctima
Dificultad estructural en
reconocer que ocupan el lugar de la víctima.
Posicionamiento ambiguo frente
al agresor. No reconocen que la relación es peligrosa.
Vergüenza social ante su
situación. Progresiva pérdida de la autoestima.
Aceptación de actitudes
sumisas, y sentimiento de culpabilidad.
Fantasías de cambio sobre la
actitud del agresor (“Con hijos, él cambiará”, “Si no le respondo, él se
tranquilizará”).
Aislamiento emocional y
físico.
Dependencia económica del
agresor.
Miedo a la desaprobación de
familiares, amigos, al futuro, a la pérdida de los hijos y del hogar etc.
Estrés (depresión, ansiedad,
somatizaciones, descontrol de las emociones, ideas suicidas, alteraciones de la
propia percepción...)
2. Tipología y estrategia del
agresor
· Alguien que ha mantenido o
mantiene una elación afectiva con la víctima.
· Conducta adquirida
· Motivaciones
· Necesidad de verificar
constantemente que son el centro de la vida de sus mujeres.
· Necesidad de controlar y
dominar.
· Se presentan como sujetos
formales, educados, seguros de sí mismos, ordenados y domésticos.
· Afectividad y expresividad
muy ciclotímicas.
· Forma de conseguir objetivos
o compensar otras frustraciones dentro o fuera de la casa, lo que disminuye el
peso del argumento emocional.
Los agresores trasladan la
responsabilidad de la agresión a la mujer de modo que ésta sienta vergüenza,
miedo y culpa.
La mayoría de los agresores
son violentos solamente en sus casas.
Esperan que su brutalidad
mantenga a la mujer prisionera. Históricamente, este comportamiento ha tenido
éxito.
Utiliza estresantes físicos
(golpes, empujones, quemaduras), psicológicos (amenazas), emocionales (gritos,
insultos, vejaciones, humillaciones) o sexuales (relaciones forzadas).
Concede pequeñas concesiones
que acrecientan la dependencia emocional de la mujer.
3. Lo que deben hacer los
profesionales ( I )
Recibir a la mujer sola.
Escuchar con interés.
Ofrecer una atención
personalizada:
Creer lo que cuenta y
cómo lo cuenta.
Comportamiento
asertivo.
Dejar claro que el
maltrato es un problema de salud.
Informar y orientar:
Transmitirle apoyo e
información sobre sus derechos y oportunidades.
Ayudarle a valorar
alternativas y a actuar para su propia protección.
Dar información,
orientación y asesoramiento en las áreas social, psicológica, jurídica, social
y sanitaria.
Respetar sus tiempos.
Dejar la puerta abierta
a futuras conversaciones.
Derivar, según necesidades,
hacia:
Recursos de atención
inmediata.
Recursos de atención e
intervención especializada.
Recursos de acogida
temporal.
4. Lo que deben hacer los
profesionales ( II )
. Facilitar a la mujer víctima de violencia de
género el restablecimiento del control sobre su vida y su autonomía personal,
desde la mejora de su autoestima:
. Reforzar su capacidad de
afrontar la situación de violencia sufrida.
. Promover una relación
profesional de apoyo en la toma de decisiones.
. Reforzar la comunicación con
las redes de apoyo (si las hubiera) familiares y sociales.
. Animar a la utilización de
los recursos jurídicos, sanitarios, sociales que precise la víctima
. Establecer un trabajo en red
(servicios sociales municipales, centros sanitarios, cuerpos y fuerzas de
seguridad, servicios especializados en la atención a la mujer víctima de
violencia de género).
5. Aplicar -si es necesario- el Protocolo de
Actuación Sanitaria ante la Violencia de Género
6. Aplicar el procedimiento de coordinación,
cooperación y colaboración entre las
administraciones en Andalucía.
7. Lo que NO deben hacer los
profesionales
Dar la impresión de que el
problema tiene fácil solución.
Dar falsas esperanzas.
Asumir actitudes
paternalistas.
Crear sensación de
culpabilidad en la mujer.
Dar respuestas rápidas y
precipitadas.
Diagnosticar o patologizar.
Caer en mitos y estereotipos
sobre la violencia de género o sobre las víctimas.
Tomar decisiones que debe
tomar la mujer.
Mostrar desaliento por querer
ayudar a alguien que no desea ser ayudado en ese momento o de esa manera.
Tratamiento de la violencia de
género
Llamar al 900200999 o al 016
(gratuitos) para comunicar los hechos y pedir orientación y acompañamiento, si
lo precisa.
Contactar con los Centros
Provinciales del IAM (capitales) o los 173 Centros Municipales (municipios) en
Andalucía.
Si hay agresión sexual, acudir
a un centro sanitario, sin lavarse ni cambiarse de ropa.
Solicitar el parte de lesiones
y el informe médico.
Alternativamente, cualquier
persona puede activar las actuaciones de los servicios de urgencia desde el 900
o el 112.
Siempre que haya violencia,
contactar con el Centro de la Mujer más próximo.
Presentar denuncia.
Utilizar los recursos de
protección, tanto en el ámbito jurídico (medidas de protección y orden de
alejamiento) como en el ámbito social (acogimiento en un centro, tele-asistencia
móvil) si lo estima oportuno.
Evitar cualquier tipo de
contacto con el agresor.
Medios y recursos contra la
violencia en Andalucía
Ejes para erradicar la
violencia de género:
a) Reconocimiento de los
derechos de la mujer.
b) Lucha por la igualdad.
c) “Tolerancia cero” frente a
las agresiones.
d) Atención integral a las víctimas.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
MEDIDAS DE ÁMBITO
INSTITUCIONAL
Creación de la Dirección
General de
Violencia de Género
(Decreto 122/2008, BOJA 95,
02/05/08)
Normativa en Andalucía:
Ley 12/2007, de 26 noviembre,
para la promoción de la Igualdad de Género de Andalucía.
Ley 13/2007, de 26 noviembre,
de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género de
Andalucía.
Orden de 21 de julio de 2009
(Boja 140, 2009) por el que aprueba el Reglamento de Régimen Interno de las
casas que componen el servicio integral de atención y acogida a mujeres
víctimas de la violencia de género y menores a su cargo que las acompañen en la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
(En debate) I Plan Estratégico
para la Igualdad de Hombres y Mujeres en Andalucía (2009-2012).
Derechos de las mujeres
víctimas de la violencia de género
La Ley Orgánica 1/2004, de
Medidas de Protección Integral y su transposición a la normativa andaluza, Ley
13/2007, de 26 noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral,
reconocen los siguientes derechos de las mujeres víctimas de la violencia de
género:
Derecho a la información.
Derecho a una asistencia
social integral.
Derecho a la tutela penal y
judicial y a representación jurídica gratuita.
Derechos laborales y
prestaciones de la Seguridad Social.
Derechos económicos.
Medios y recursos contra la
violencia en Andalucía
Servicio de Atención Integral
a las mujeres víctimas de la violencia de género y a menores que les acompañan
(dependiente de la Dirección General de Violencia de Género, Consejería para la
Igualdad y Bienestar Social).
A.G.I.S.E.
ANDALUZA DE GESTIÓN INTEGRAL
DE SERVÍCIOS ESPECIALIZADOS
Coordina Casas de Acogida y
Centros de Emergencia en las ocho provincias andaluzas.
Servicio Integral de atención
y acogida a las mujeres víctimas de la violencia de género y a menores (y
personas dependientes) que les acompañan.
Estructura del servicio:
Atención permanente (24 h/ 365
días del año) .
Presencia en todas las
provincias andaluzas. En 2004, se incorporó un CE también en Algeciras.
Máxima seguridad y privacidad.
Contratos de confidencialidad con trabajadores/as y empresas proveedoras.
En caso de peligro para la
integridad de la mujer, se garantiza la movilidad interprovincial.
Servicio de atención integral
que ofrece atención en los distintos ámbitos afectados por la violencia de
género (legal, social, psicológico y educativo) y la participación de las
mujeres en su propio proceso.
Características de los Centros
de Emergencia
· Centros de alojamiento y
convivencia, en espacios dotados de seguridad y calidez.
· Cobertura a las necesidades
de protección y seguridad, incluida pólizas de seguros para las usuarias e
instalaciones.
· Atención urgente y
permanente (24-365). Estancia media:
8,55 días.
· Atención a todas las
necesidades básicas de la mujer y menores que le acompañan:
Alojamiento, manutención, ropa, asistencia
médica.
· Implantación regional: 9
centros de emergencia de titularidad autonómica.
· Trabajo de contención de
crisis, valoración y diagnóstico.
Características de los centros
de acogida
Centros residenciales
configurados por unidades independientes (habitación como espacio íntimo y
privado) para las mujeres víctimas y menores que les acompañan.
Implantación en las 8
provincias andaluzas.
Proporcionan las herramientas
indispensables para salir de la violencia, garantizando tanto a las mujeres
como a sus hijas e hijos una atención integral, a través de intervenciones
sociales, psicológicas y jurídicas.
Intervenciones individuales y
grupales a partir de un Plan Individual de Actuación consensuado con la mujer y
orientado al empoderamiento de las mujeres, la búsqueda de su autonomía y el
restablecimiento de los derechos vulnerados.
Sede del equipo técnico
multidisciplinar.
Estancia media: 3- 6 meses.
Características de los pisos
tutelados
· Viviendas independientes de
uso familiar, ubicadas en edificios y zonas normalizadas, que proporcionan
residencia temporal para facilitar a las mujeres una vida casi independiente,
responsabilizándose su propio mantenimiento y el de sus hijas e hijos y
asumiendo sólo los gastos corrientes de las viviendas.
· Enfocados a favorecer la autonomía y
empoderamiento de las mujeres
· En 2009 existen un total de 32 pisos
tutelados con 86 plazas de titularidad autonómica.
· Estancia media: 6-9 meses
· Finalizada la estancia en la vivienda
tutelada, se establecen los cauces de seguimiento del caso, que es de al menos
un año desde su salida.
Características estructurales
del servicio: plazas disponibles
49 centros gestionados
|
Centros Emergencias
|
9
|
Casas de Acogida
|
8
|
|
Pisos Tutelados
|
32
|
|
472 plazas gestionadas
|
Plazas Emergencia
|
152
|
Plazas Casas de Acogida
|
234
|
|
Plazas Pisos Tutelados
|
86
|
|
Plantilla del servicio entre
137 y 170 trabajadoras/es, según necesidades del servicio.
|
Dirección………………………………………
Área profesional………………………………
(trabajadoras sociales, auxiliares sociales, psicólogas y abogadas)
Administrativos…………………………………..
|
10
120- 160
2
|
Porcentaje mujeres empleadas
|
99%
|
Naturaleza del servicio I
Principios que rigen la
relación:
Procedimientos y metodología
normalizados (escritos y aprobados).
Atención integral, inmediata y
coherente.
Prestación especializada.
Intervención multidisciplinar.
Compromisos desde el Servicio:
Información permanente (desde
un equipo multidisciplinar y especializado).
Privacidad. Parámetro esencial
de la actividad del servicio en Andalucía.
Seguridad y control de la
localización de los centros, privacidad de las personas y el secreto de
ficheros.
Adaptación a las necesidades específicas.
Transparencia sobre el uso de
los recursos dotados por la iniciativa pública.
Programas de intervención:
Socioeducativa (capacitación
en habilidades sociales y comunicación).
Intervención social.
Intervención psicológica.
Intervención jurídica.
Intervención específica para
menores (“Escuela de Vacacionantes”).
Organización y funcionamiento:
Equipo de coordinación.
Equipos de atención en
emergencias.
Equipo multidisciplinar en
Casas de Acogida.
Equipo de seguimiento e
intervención en Pisos Tutelados.
Metodología empleada
Modelo de equipo
interdisciplinar.
Planificación racional de actividades.
Análisis desde distintas
perspectivas.
Sistema de coordinación
centralizado de evaluación continua.
Creación de un ambiente de
trabajo cooperativo potenciando una actitud abierta y en comunicación continua.
Modelo democrático en la toma
de decisiones.
Entre las ventajas de este
modelo destacan la disponibilidad de amplias técnicas y conocimientos, el apoyo
mutuo entre las profesionales y el uso eficiente de los recursos.
Metodología empleada II
Para la consecución de los
objetivos planteados se trabaja en una doble línea de actuación: individual y
grupal.
En ambas se tienen como punto
de partida las características individuales de cada mujer.
Intervención individual:
Intervención en crisis
(Centros de Emergencia).
Asesoramiento a nivel
psicológico, social y jurídico.
Plan Individual de Actuación
establecido con la mujer.
Carta de derechos y deberes de
la Mujer y reglamento interno específico.
Intervención grupal:
A través de talleres.
Adquisición de herramientas
cognitivas y conductuales para afrontar la situación de cambio, superar la
estructura de pensamiento de mujer maltratada y ayudarle a plantearse su
futuro.
Especificidad del servicio en
Andalucía: sistema público
Servicio público, de calidad y
no discriminatorio.
Innovador sistema de gestión
(S.L.) cuyo único accionista es una cooperativa:
De funcionamiento empresarial.
Estatutariamente obligada a
revertir en programas sociales complementarios todo tipo de resultados
positivos de su actuación (según el artº. 38 de sus Estatutos Sociales).
Control público (Parlamento,
Gobierno andaluz).
Pioneros a nivel europeo. 25
años de experiencia.
Organización y funcionamiento
coordinado de los recursos humanos y materiales.
Equiparación interprovincial
de los servicios.
Espacios acomodados y de gran
calidez.
Ubicados en lugares urbanos
que permiten el fácil acceso a los servicios necesarios para la mujer integrada
en nuestra red.
Pisos tutelados ubicados
discretamente en zonas normalizadas.
Aseguramiento de la
privacidad, protección y máxima seguridad de mujeres e instalaciones.
Pólizas de seguros para las
mujeres y de instalaciones. Video vigilancia. Pólizas contra incendios.
Política de seguridad y de
prevención de riesgos laborales.
Especificidad del servicio:
AGISE
Atención integral, de calidad
y no discriminatoria. Inmediata y urgente.
Atención coordinada y prestada
por un equipo multidisciplinar.
Insertada en una amplia red de
recursos interprovincial.
Énfasis en la seguridad y
protección de la mujer.
Atención integral
(psicológica, social, jurídica y educacional).
Adaptación a las necesidades
específicas.
Ventajas:
Facilita la evolución de las
mujeres víctimas de la violencia a través de un trato personalizado, en un
marco de seguridad y protección.
Mejores alternativas y mayores
posibilidades de integración social.
Especificidad del servicio:
Alta cualificación del personal.
Nº de Licenciadas/os: 39 (20
%)
Nº de Diplomadas/os: 53 (27 %)
Nº de trabajadoras con
Formación Profesional: 14 (7 %)
Personal con formación de
postgrado: 13 (7%)
Todas/os tienen formación
específica en género y/o intervención con mujeres.
Años de experiencia:
De 0 a 2 años: 32,9 %.
De 3 a 5 años: 32,9 %.
De 6 a 10 años: 24,5 %.
De 11 a 15 años: 6,0 %.
De 16 a 20 años: 3,0 %.
Más de 21 años: 0,7 %.
Especificidad del servicio: El
Centro de Vacacionantes AGISE.
Más de 1800 menores y 1000
mujeres han conocido estos centros desde diciembre de 1999.
Permite conciliar la vida
laboral y familiar de las mujeres acogidas y la ocupación de los menores.
Es un espacio educativo y de
ocio, de divulgación de valores y actitudes positivas para la convivencia y el
desarrollo de la personalidad.
Potencia la relación
madre/menores.
Proyecta en el entorno una
imagen positiva del Servicio de Atención Integral y Apoyo.
Adaptable a las necesidades de
los y las participantes.
Retos del futuro: atención a
mujeres víctimas con problemáticas añadidas
Atención integral a mujeres
víctimas de la violencia de género con problemáticas añadidas (Salud mental,
consumo de psicotrópicos, alta marginalidad social).
Marco legal: Ley 13/2007, de
26 de noviembre, artº. 45: Atención a colectivos especialmente vulnerables.